Los trabajadores en pluriactividad son los que cotizan doblemente a la seguridad social. Por un lado cotizan en el régimen general de la seguridad social por aquella actividad laboral que realizan contratados por un empleador y por otro, están dados de alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y pagan las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
Para que estos trabajadores que están en situación de pluriactividad puedan optar por la devolución del exceso de cuotas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Cotizar por contingencias comunes en régimen de pluriactividad (es decir, no han optado por no hacerlo)
- Y que la suma de las aportaciones empresariales y las correspondientes al trabajador en el Régimen General, y las efectuadas en el Régimen Especial sean iguales o superiores a 11.079,45 euros anuales.
En este caso tendrán derecho a una devolución del 50 por ciento del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen la cantidad de 11.079,78 euros, con el límite del 50 por ciento de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial, por contingencias comunes de cobertura obligatoria.
Para tener derecho a la devolución habrá que solicitar la devolución mediante el modelo tc-13-1, durante los primeros cuatro meses del 2014.
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